El TS considera urbano la V fase de la Urb. Montaña Roja y ordena a Costas a establecer los lindes

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ACN Press   
martes, 15 de mayo de 2007
Lanzarote/ El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia donde anula el deslinde marítimo terrestre en la localidad turística de Playa Blanca, en el sur de Lanzarote. El alto tribunal anula la orden del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha de 2 de febrero de 2000, por la que se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo terrestre del tramo de unos tres mil trescientos metros de costa comprendido entre Punta Pechiguera y Piedra Vieja, en el término municipal de Yaiza, donde la entidad Club Lanzarote promueve la urbanización Montaña Roja, la mayor de la Isla.
Con este nueva resolución para la Dirección General de Costas, el Tribunal Supremo dictamina que el suelo de esta urbanización es urbano y por tanto se ha de aplicar la normativa de 20 metros de servidumbre, y no 100 como pretendía Costas.

Este nuevo fallo judicial vuelve a anular, en poco tiempo, otra orden ministerial de otro deslinde marítimo en Playa Blanca, en ese caso en el tramo comprendido entre el centro urbano de Playa Blanca y la urbanización Las Coloradas.

La sección 5 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo declara que ha lugar al recurso interpuesto por la promotora contra una sentencia anterior de la Audiencia Nacional de fecha 19 de abril de 2002.

En sus fundamentos de derecho, el Supremo señala en esta sentencia- en la que ha sido ponente el magistrado Jesús Ernesto Peces Morate, “el criterio a seguir es el recogido en el apartado tercero de la Disposición Transitoria octava del Reglamento de Costas,aprobado por Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, según el cual, atendidas las circunstancias del caso, la anchura de la zona de protección, aunque inferior a cien metros, será la máxima posible dentro del respecto al aprovechamiento urbanístico atribuido por el planeamiento, y con tal alcance deben ser estimados el motivo de casación alegado y el recurso contencioso-administrativo deducido contra la Orden del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha 2 de febrero de 2002, por la que se aprobó el deslinde de los bienes de dominio público marítimo- terrestre de unos tres mil trescientos metros de costa, comprendido entre la Punta de Pechiguera y Piedra Vieja en el término municipal de Yaiza ( Lanzarote ), en el ámbito del Sistema General Insular 1-4 Deportivo – Golf Montaña Roja”.

Se da la circunstancia que este deslinde, ahora anulado por el Supremo, fue elaborado por el entonces jefe de la Demarcación de Costas en Canarias, José Fernández, actual director general de Costas del Gobierno Central.

El alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, señaló que este dictamen del Supremo es un aliento para lograr, además, la anulación de otra orden de Costas que afecta al núcleo costero de El Golfo, en un tramo de unos 1000 metros y que afecta a un centenar de vecinos. El Ayuntamiento de Yaiza ha solicitado a la Audiencia Nacional la anulación de ese deslinde publicado en julio pasado.

También recordó el primer edil de Yaiza que este nueva sentencia firme del Supremo declara “ urbanos” los terrenos de esta quinta fase de la urbanización Montaña Roja.


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