Conducir sin carné o habiéndolo perdido por agotar los puntos será delito desde este jueves

Imprimir E-Mail
(0 votos)
Redacción - C24H   
miércoles, 30 de abril de 2008
trafico.jpgCanarias/ Este 1 de mayo, entra en vigor la reforma del Código Penal en que se tipifica como delito conducir sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción, lo que hasta ahora tenía consideración de infracción administrativa, o habiéndolo perdido por agotar el crédito de puntos o por tenerlo retirado.

Esta reforma afecta al artículo 384 del Código Penal en que se especifica que conducir un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción pasa a tener la consideración de delito, que se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, aplicándose las mismas penas al conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos asignados legalmente o por decisión judicial y siga conduciendo.

La Dirección General de Tráfico ha realizado una campaña informativa específica remitiendo una carta a los, aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los que durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador administrativo por conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducir necesario.

La reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado día 2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1 de mayo para este delito.
Comentarios (1)Add Comment
...
escrito por Yamila Tuñez Blanco, mayo 13, 2008
Cuando dicen que se castiga con multa de 12 a 24 meses se refieren a que la persona que conduzca sin el permiso será castigada a no poder obtener el permiso durante ese tiempo, es decir que tendrá que permanecer sin el mismo durante ese tiempo?

Escribir comentario

busy
Noticias Relacionadas:
 
Anote y Comparta:
Delicious
Meneame
Digg
YahooMyWeb
Technorati
Generated in 1.00580 Seconds