La Guardia Civil de Tráfico ha puesto a disposición judicial a 128 conductores por no tener carné
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Redacción - C24H
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lunes, 05 de mayo de 2008 |
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Madrid/ Desde el pasado 1 de mayo, fecha en que entró en
vigor la reforma del Código Penal en que se tipifica como delito conducir
sin haber obtenido el necesario permiso o licencia de conducción o por tenerlo
retirado, hasta ayer domingo, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la
Guardia Civil han instruido diligencias y puesto a disposición judicial a 128
conductores por la comisión de dicho delito.
De estos 128 conductores
117 no lo habían obtenido nunca y 11 lo tenían retirado, temporal o
definitivamente, por orden judicial.
De los conductores
puestos ha disposición judicial 120 son hombres y 8 mujeres.
Por tipos de vehículo,
13 fueron sorprendidos conduciendo un ciclomotor sin haber obtenido la
correspondiente licencia, 7 conducían motocicletas y 108 turismos sin disponer
de ningún permiso o teniéndolo suspendido por orden judicial.
Los agentes de la
Guardia Civil de Tráfico, en el momento en que detectan a un conductor que no
dispone del oportuno permiso pueden comprobar, mediante acceso directo desde la misma carretera al registro central
de conductores, si lo obtuvieron o si lo tienen retirado. En el caso de que comprueben que incurre en
delito inmovilizan el vehículo y en ese mismo acto dan cita al conductor en el
juzgado correspondiente para la celebración de juicio rápido.
El delito, tipificado en
el artículo 384 del Código Penal, de conducir
un vehículo a motor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción
se castiga con la pena de prisión de 3 a 6 meses o con la de multa
de 12 a
24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días,
aplicándose las mismas penas al
conductor que haya sido privado del permiso por pérdida total de los puntos
asignados legalmente o por decisión judicial
y siga conduciendo.
La Dirección General de
Tráfico ha realizado una campaña informativa específica remitiendo
una carta a los, aproximadamente, 25.000 conductores infractores a los
que
durante el año 2007 se les abrió expediente sancionador administrativo
por
conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducir necesario.
La reforma del Código Penal que entró en vigor el
pasado día 2 de diciembre pasado, establecía una moratoria hasta el 1 de mayo
para este delito.

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