El TSJC declara nulas las licencias del hotel Princesa Yaiza
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ACN Press
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miércoles, 17 de septiembre de 2008 |
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Lanzarote/ La Sala de lo Contencioso Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha estimado el recurso
presentado por el Cabildo de Lanzarote, por lo que declara nulas las
licencias que el alcalde de Yaiza concedió en 1998 y 2001 al Hotel
Princesa Yaiza para la construcción de un hotel de 660 plazar en la
parcela “b” del Plan Parcial Costa Papagayo, según informa en una nota.
La sentencia argumenta que dichos permisos fueron otorgados por el
ayuntamiento aplicando únicamente un plan parcial aprobado en 1974, que
no adaptado al Plan Insular, sin contar con el informe previo y
vinculante del Cabildo de Lanzarote.
Así, para la autorización de obras en los planes inadaptados resulta
requisito necesario este informe ya que se trata de un planeamiento
jerárquicamente superior al municipal.
Dicho informe, continúa la nota, “fue emitido por la Oficina del Plan
Insular durante la defensa del procedimiento judicial y en el mismo se
advierte la incompatibilidad del proyecto de hotel autorizado en los
dos actos municipales recurridos con el Plan Insular de 1991 y con las
propias ordenanzas del Plan Parcial, aunque sobre el análisis de estas
cuestiones materiales y sus consecuencias no se pronuncia la sentencia
porque el Tribunal considera que habrán de ser consideradas en la fase
de ejecución”.
El alto Tribunal confirma, una vez más, la prevalencia y superioridad
del Plan Insular de Lanzarote y su fuerza obligatoria y vinculante para
todos los ayuntamientos. Sobre las consecuencias del fallo también
advierte en el Fundamento Octavo de su Sentencia; una vez declarada la
nulidad de las licencias ello significa que “desaparecen del mundo
jurídico dichos actos, lo que significa que cualquier obra amparada en
dicha licencia queda sin cobertura jurídica, con las consecuencias
materiales que de ello se deriven, entre las que no se excluye la
demolición”.
La sentencia concluye “reconociendo expresamente el derecho del Cabildo
de Lanzarote al restablecimiento del orden jurídico alterado –por los
actos anulados- que es la consecuencia de toda anulación de una
licencia que autoriza un acto edificatorio”.
Con esta nueva sentencia, contra la que no cabe interponer recurso, han
quedado anuladas todas las licencias que ampararon la construcción del
hotel de dicho nombre y su actual anexo, inicialmente conocido como
Aparthotel Son Bou.

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