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Las Palmas de Gran Canaria/ La Fiscalía de la
Comunidad Autónoma de Canarias ha propuesto archivar la querella del
imputado y denunciante del "caso Faycán" Francisco José Benítez
Cambreleng contra el presidente regional del PP, José Manuel Soria,
y los directores de la revista Época y de Intereconomía Televisión.
"Procede decretar la no admisión a trámite de la querella y el
archivo de las diligencias previas", ya que no se dan los requisitos
para achacar ninguno de los delitos de los que se acusaba a los
denunciados a raíz de que publicaran el contenido de una
conversación Benítez Cambreleng, se explica en un escrito remitido
hoy al Tribunal Superior de Justicia de Canarias por la Fiscalía.
Ésta se pronuncia así sobre una querella interpuesta en relación
a un reportaje publicado por Época titulado "Un Gal sin crímenes en
Canarias" en el que se transcribieron unas conversaciones de
Cambreleng que, según él, fueron grabadas sin su consentimiento y
además se "manipularon" para evitar la reprobación de Soria en el
Parlamento canario.
En la querella se señalaba que Soria y otro político del PP,
Carlos Sánchez, se pusieron de acuerdo para celebrar dos reuniones
con Cambreleng los pasados días 29 de abril y 4 de mayo para, sin su
consentimiento, grabar las conversaciones que mantuvieron, con el
fin de difundirlas en los medios de comunicación.
Se añadía que el lugar de los encuentros fue fijado por Sánchez,
a petición de Soria, para interesarse por lo que había denunciado en
los juzgados sobre los casos "Faycán" y "Góndola", que investigan
presuntas tramas de corrupción en los ayuntamientos grancanarios de
Telde y Mogán, respectivamente, y que afectan a miembros del PP.
Por esos hechos, en la querella se pedía procesar a los acusados
por delitos de injurias, contra la intimidad y de obstrucción a la
Justicia.
Delitos que la Fiscalía ha afirmado finalmente que no son
imputables a los acusados por Cambreleng.
En esa línea, en su escrito de hoy se señala que los acusados no
cometieron delito alguno contra la intimidad del querellante porque
las conversaciones con él fueron grabadas por uno de sus
interlocutores, lo que legitima la acción.
"Existe una consagrada línea jurisprudencial que dispone que las
grabaciones realizadas por uno de los intervinientes en la misma es
lícita y tendrá valor probatorio", se argumenta en el texto, donde
se añade que "no puede considerarse secreto lo que ya se ha
comunicado a un interlocutor, lo que es muy distinto al caso en que
la grabación es hecha por un tercero ajeno al hecho grabado".
En cuanto a la acusación de presuntas injurias, sobre las que se
subraya que no es competencia de la Fiscalía pronunciarse, se indica
también, en todo caso, que "del relato que se realiza en la querella
tampoco se observan conductas que reúnan las características de un
delito de injurias".
Tampoco se considera que exista el delito de obstrucción a la
justicia que imputaba a sus denunciados Cambreleng, quien se
recuerda que relató que dos de los querellados intentaron
convencerle para que modificase las declaraciones que había
realizado ante la policía y ante el juez instructor y que se le
ofreció ayuda a cambio: un "gran puesto de trabajo" y 600.000 euros.
Faltaría el requisito de que se le hubiera intentado hacer
cambiar empleando violencia o intimidación para que existiera ese
delito, se precisa en el texto.
Y se añade: "más bien parece que la conducta consiste en
'intentar convencer', por lo que habría que analizar si pudiera ser
constitutiva de una inducción al delito de falso testimonio
previsto".
La Fiscalía concluye su escrito con la afirmación de que, "a la
vista de todo lo anterior, procede decretar la no admisión a trámite
de la querella y el archivo de las diligencias previas".

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