Las actuaciones objeto de subvención son las realizadas en el periodo comprendido entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022, y cubrirán los costes eléctricos asociados a la elevación de agua destinada al riego agrícola desde pozos, galerías, o plantas desaladoras o potabilizadoras, entre otros gastos recogidos en la convocatoria.
Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, las entidades públicas o privadas que suministren agua para riego agrícola de pozos, galerías, instalaciones de desalación de agua del mar y/o de producción de aguas regeneradas. Se incluyen, entre las posibles personas beneficiarias, a las Entidades Locales, Corporaciones de derecho público, empresas públicas o heredamientos y comunidades de aguas canarias, constituidos al amparo de la Ley 12/1990 de Aguas de Canarias, y las comunidades de usuarios previstas en la legislación estatal de aguas. Asimismo, podrán acogerse a esta medida las personas físicas o jurídicas que produzcan agua para el riego agrícola.
En Canarias, la escasez de aguas superficiales obliga a abastecer la demanda de la población y de la actividad agrícola a partir de aguas subterráneas captadas mediante galerías y pozos, y debido a la escasez de estas en las islas orientales y al incremento de la demanda por encima de las disponibilidades en las capitalinas, a la búsqueda de alternativas como la desalación o la reutilización de aguas depuradas. La obtención y suministro de agua desde estas fuentes conlleva altos costes de consumo de energía que derivan en elevados precios del agua para el regadío agrícola que se pretenden compensar a través de estas ayudas.
Las personas interesadas en solicitar estos fondos disponen hasta el 10 de mayo de 2024 para presentar la documentación requerida a través de la Sede electrónica del Ejecutivo regional (https://sede.gobiernodecanarias.org). El texto completo de la convocatoria puede consultarse a través del siguiente enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2024/071/009.html